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Lo que todo propietario debería saber del certificado energético

TU CERTIFICADO ENERGÉTICO 682494354 INFÓRMATE!
Los propietarios de viviendas de toda España que pongan sus pisos en el mercado tienen la obligación legal de asignar a sus inmuebles una etiqueta energética y de exponerla a cualquier posible interesado. ¿Es solo un trámite más que debe cumplir el propietario? Creer que la certificación energética de una vivienda es un trámite más es un grave error.
En otros países donde ya está socialmente asumida, esta normativa está produciendo lo que podríamos llamar ‘depreciación energética’. Las viviendas más modestas, con deficientes aislamientos y equipos climatizadores de peor calidad, pierden valor en el mercado inmobiliario en favor de las mejor equipadas.
La certificación energética funciona en la práctica como si de una ‘tasación energética’ se tratara, circunstancia que ya han previsto la mayoría de las empresas tasadoras de inmuebles, que incorporan este nuevo factor modulador en sus valoraciones.
Es necesario advertir a los consumidores que la cosa puede ser mucho peor si el técnico certificador carece de los conocimientos específicos para optimizar el cálculo o, simplemente, actúa sin la conciencia profesional adecuada, que debería impulsarle a defender los intereses del cliente; por ejemplo, si no va a inspeccionar la vivienda, pese a ser obligatorio. Con seguridad se asignará a la vivienda una etiqueta energética injustamente baja, peor que la que obtendría en caso contrario.
Por el momento, el cálculo solamente se realiza mediante dos programas homologados. Los dos trabajan a partir de los datos que suministra el técnico, que expresan el rendimiento de los equipos térmicos de la vivienda y la capacidad de aislamiento térmico de sus paredes, suelos y techos. A falta de un análisis detallado, el programa puede proporcionar automáticamente estas cifras de partida, llamadas datos por defecto.
El problema es que estos valores ‘gratis’ están siempre del lado de la seguridad del cálculo, lo que significa que son bastante peores que los reales, que solo se obtienen mediante un análisis minucioso. Por poner un ejemplo, estos valores por defecto atribuyen a la bomba de calor genérica un rendimiento del 150%. Pues bien, los valores reales de la mayoría de los modelos más modernos superan el 320%. Solo con esto la etiqueta se perjudica en un grado. Absolutamente nada que ver con la realidad.
La posibilidad que ofrecen los programas de usar datos por defecto no autoriza al técnico a usar estos datos siempre: solo deberían usarse en aquellos casos en que sea imposible estimar, medir o deducir los valores en cuestión. Las cifras así obtenidas son lo que el programa de cálculo denomina datos estimados y datos conocidos.
Para ser capaz de determinarlos el técnico debe poseer una formación específica y dedicarle el tiempo necesario, que nunca va a bajar de las diez horas de trabajo. De otro modo, se compromete seriamente la calidad del servicio, y con ella los intereses del cliente. Hemos realizado un ejercicio estadístico de 5.000 certificaciones para diversas zonas climáticas y el resultado es determinante: si se utilizan valores por defecto, la etiqueta empeora habitualmente en dos grados. Esto lo acabará pagando el cliente con la valoración de su vivienda.
El técnico está obligado a justificar sus cálculos, exponiendo las pruebas y comprobaciones realizadas. Su trabajo está sujeto a la inspección de los organismos autonómicos. El propietario es responsable de la existencia y exactitud del certificado energético, y el destinatario de las posibles sanciones. Lo único seguro es confiar en técnicos con la formación específica adecuada y que dediquen al trabajo el tiempo que necesita. Con ello sus intereses quedarán a salvo.

Bruselas sanciona a España por la normativa sobre eficiencia energética


La Comisión Europea ha abierto un expediente contra España y otros 23 países por no notificarle la transposición de la normativa europea sobre eficiencia energética a tiempo, según ha anunciado este miércoles en un comunicado.

El Ejecutivo comunitario envió el pasado 22 de julio a un total de 24 países una carta formal de notificación, el primer paso de un procedimiento de infracción, por no comunicarle la transposición de la directiva sobre eficiencia energética antes del plazo previsto, que expiró el 5 de junio.

Los países tienen ahora un plazo de dos meses para comunicarle la transposición de la normativa, según ha confirmado en rueda de prensa la portavoz de Energía, Marlene Holzner.

La portavoz ha explicado que el Ejecutivo comunitario no ha entrado a evaluar si los países han transpuesto bien o mal la normativa europea y ha precisado que el expediente sancionador se ha abierto automáticamente por no comunicar meramente su trasposición al ordenamiento nacional jurídico a Bruselas.

Sólo cinco Estados miembro -Suecia, Chipre, Dinamarca, Malta e Italia-- han comunicado al Ejecutivo comunitario la transposición de la directiva de eficiencia energética.

El Ejecutivo comunitario también ha abierto no obstante un expediente contra Dinamarca porque notificó "la plena transposición" de la normativa "demasiado tarde" para paralizar la apertura del procedimiento de infracción. "Dinamarca sólo tendrá que responder que han transpuesto plenamente la directiva y la Comisión cerrará el caso", han explicado fuentes comunitarias.

Costes previos a la hora de realizar reformas en la vivienda

Ahora que llega el verano y han dejado de funcionar las calefacciones suele ser habitual hacer obras en la vivienda. Pero no es lo mismo pintar que modificar la distribución del piso.

Ahora que llega el verano y han dejado de funcionar las calefacciones suele ser habitual hacer obras en la vivienda. Y aunque muchas veces se empieza por poca cosa al final, ya metidos en faena, no es raro acabar con trabajos de bastante más envergadura. Por eso, te contamos qué permisos municipales te hacen falta y su coste aproximado. 

Lo primero a tener en cuenta es que las competencias son de los ayuntamientos, quienes deciden las licencias que piden y las tasas que cobran. Eso sí, todo se base en una normativa estatal, por lo que si bien puede haber matices, no debería haber muchas diferencias entre distintos ayuntamientos. Nosotros te presentamos los cálculos con datos del Ayuntamiento de Madrid. Los casos son muy diversos, pero en líneas generales nos vamos a encontrar con tres supuestos. 1.- Obras sencillas que sí llevan un trámite pero en las que no es necesaria la intervención de un técnico (ingeniero o arquitecto).2.- Obras en las que se hace necesaria documentación y supervisión por un técnico: ingeniero o arquitecto.3.- Obras exentas de cualquier permiso o trámite municipal.
Respecto al coste, tenemos otros tres casos: 
A) Tasa por prestación de servicios urbanísticos, motivada por el trabajo que hace la administración en la tramitación de la licencia. Depende del tipo de obra que se vaya a hacer.
B) Impuesto de Construcciones instalaciones y obras (ICIO) que se corresponde al 4% de la base imponible del presupuesto de la obra que se va a realizar.
C) Tasa por la utilización privativa del dominio público local, que se paga cuando es necesario ocupar la vía pública con contenedores, andamios, maquinaria..., para la ejecución de la obra. Su cuantía va en función de la importancia de la calle (no todas pagan igual) y de la superficie y tiempo que se vaya a ocupar (más m2 y más días: mas se paga).Esta última no siempre hay que abonarla ya que, en bastantes ocasiones, no es necesario ocupar la calle con ningún elemento.
1.- Reforma de acabados
Las reformas de acabados son obras de conservación consistentes en la sustitución de acabados interiores de una sola vivienda, como solados, alicatados, yesos y pinturas, cuando no estén protegidos arquitectónicamente, así como la sustitución de las instalaciones propias. La norma es que no están sujetos a licencia.
No hace falta pedir ningún tipo de permiso, pero sí habrá que hacerlo si se va a colocar un contenedor o un saco para el escombro. En este caso, hay que comunicarlo al ayuntamiento y pagar por los días que vaya a estar colocado.
El coste va desde 0,96 a 4,78€ por día que esté colocado en función del tamaño del contenedor y la categoría de la calle. Este importe es solamente por ocupar la calle, el contenedor se contrata a empresas privadas del sector y el precio por alquilar estos elementos es libre.
2.- Reformas que modifican la distribución del piso
Estas obras ya requieren licencia, de las más sencillas.  Para solicitarla, además de los impresos, deberán presentar unos planos del estado previo y el definitivo, un presupuesto, una memoria que describa lo que van a ejecutar y un plano de situación. No se requiere que esta documentación vaya firmada por técnico colegiado.
En cuanto a los costes, tenemos los siguientes:
* La tasa por la tramitación suele ser de 287.70€ hasta una superficie de 500m2 (la mayoría de las que se presentan)
* 4% del Presupuesto (base imponible) por el pago del ICIO
* Si necesitan colocar un contenedor, lo mismo que en el apartado anterior. Para vallas o andamios las cifras ronda entre 0,37 y 10,19 €/m² (en función de la categoría de la calle) por cada mes o fracción que este instalado hasta 3 metros de altura. El coste se incrementa un 50% por cada 3m que haya que subir en los andamios. 
3.- Reformas que modifican la estructura del piso
En este caso se requiere la supervisión de un técnico, por lo que se deberá presentar,junto a la solicitud, proyecto firmado y las hojas de encargo para que supervise las obras.
En cuanto a los costes, hay que tener en cuenta los siguientes:
* La tasa por la tramitación suele ser de 607,00€ hasta una superficie de 250 m² (la mayoría de las que se presentan)
* 4% del Presupuesto (base imponible) por el pago del ICIO
* Si necesitan colocar un contenedor, andamio o vallas: lo mismo que en el apartado anterior. 
4.- Reformas que modifican a un elemento comunitario (fachadas, terrazas, balcones)
Este tipo de obras se denominan "obras exteriores" y, salvo edificios con protección histórica, se tramitan por una licencia sencilla. La documentación a presentar consta de impresos, planos del estado previo y el definitivo, un presupuesto, una memoria que describa lo que van a ejecutar, un plano de situación y fotografías. Normalmente, suele ejecutarse mediante la colocación de andamios por lo que deben aportar también los planos de este elemento y el documento que garantice la supervisión de su colocación por parte de un técnico (dirección facultativa).
Si afectan a la estética global del edificio se pediría un proyecto conjunto de la fachada que debe venir autorizado por la Comunidad de Propietarios.
En cuanto a los costes, tenemos los siguientes::
* La tasa por la tramitación suele ser de 57,65€ por planta con un mínimo de 123,70€
* 4% del Presupuesto (base imponible) por el pago del ICIO
* Si necesitan colocar un contenedor, andamio o vallas: lo mismo que en el apartado 1.
5.- Reformas que modifican la superficie inicial (cerramientos, etc.)
Salvo excepciones, estas obras se consideran "obras de ampliación del edificio" y requiere de nuevo la supervisión de un técnico por lo que se deberá presentar, junto a la solicitud, proyecto técnico firmado y visado, más las hojas de encargo para que supervise las obras.
En cuanto a los costes:
* La tasa por la tramitación suele ser de 242,75€ hasta 25m². Por cada 50m² o fracción que superen los 25m² iniciales se sumaran 161,90 € mas.
* Además se cobra una tasa por comprobar cómo se han ejecutado este tipo de obras por un importe de 206,55€ hasta 500m².
* 4% del Presupuesto (base imponible) por el pago del ICIO
* Si necesitan colocar un contenedor, andamio o vallas: lo mismo que en el apartado 1.
6.- Otro tipo de reformas. Entre las obras más habituales solamente habría que destacar otras dos
6.1- Las obras de conservación de las instalaciones generales o cubierta del edificio. Se tramitan por la licencia sencilla (sin proyecto técnico). La documentación a presentar: impresos, planos del estado previo y el definitivo, un presupuesto, una memoria que describa lo que van a ejecutar y un plano de situación.
En cuanto a los costes:
* La tasa por la tramitación suele ser de 287,70€ hasta una superficie de 500m2 (la mayoría de las que se presentan)
* 4% del Presupuesto (base imponible) por el pago del ICIO
* Si necesitan colocar un contenedor, andamio o vallas: lo mismo que en el apartado 1.
6.2- Las obras exteriores en la vivienda consistentes en la sustitución de carpinterías de las ventanas o la instalación de aire acondicionado con la unidad exterior a fachada. Se tramitan por la licencia sencilla (sin proyecto técnico). La documentación a presentar: impresos, planos del estado previo y el definitivo, un presupuesto, una memoria que describa lo que van a ejecutar y un plano de situación.
También deberán aportar fotografías y documentación técnica del aire acondicionado justificando que cumple con las normativas municipales al respecto. Si se ven desde la calle deben estar autorizadas por la Comunidad de Propietarios
En cuanto a los costes:
* La tasa por la tramitación suele ser de 57,65€ por planta con un mínimo de 123,70€
* 4% del Presupuesto (base imponible) por el pago del ICIO
* Si necesitan colocar un contenedor, andamio o vallas: lo mismo que en el apartado 1.

VIA@finanzas.com

Mas de mil viviendas ilegales de alquiler vacacional

Los hosteleros critican los portales web que comercializan una oferta detectada sobre todo en Girona ciudad 

La Federación de Hostelería de las Comarcas de Girona calcula que en la provincia, y sobre todo en Girona ciudad, existen más de mil alquileres de viviendas de particulares para vacaciones que se anuncian en portales en línea y que operan de manera ilegal . Viviendas que no están sometidos a ningún tipo de control por parte de la administración, que no cumplen ningún requisito legal y que tampoco hacen la liquidación de impuestos, como el impuesto turístico y el IAE.


El cálculo que hace la Federación de Hostelería-formada por diez asociaciones comarcales y locales-se basa sólo en la oferta comercializada por portales en línea como por ejemplo Airbnb y Windu.Por ello, la federación apoya la acción de la patronal Confederación Empresarial de Hostelería, Restauración o Apartamentos Turísticos de Cataluña (Cehratc) para combatir los portales web "que se consideran al margen e impunes a la legalidad vigente en nuestro territorio" .

Unificar la normativa
La secretaria de estado de Turismo, Isabel Borrego, que ayer se reunió en Girona con empresarios del sector turístico, aseguró que el Gobierno está trabajando para conseguir una normativa única en todo el Estado para regular la actividad de los apartamentos turísticos . Según la Agencia Catalana de Noticias (ACN), Borrego apuntó que "hay que aprender a convivir" con este nuevo tipo de oferta, pero que a la vez debe ser beligerantes con los empresarios que "hacen competencia desleal" al sector hotelero ofreciendo apartamentos ilegales. La secretaria de estado de Turismo también trasladó al sector de las buenas cifras del mercado ruso que parece consolidarse este 2014, lejos todavía, pero, los incrementos anuales del 30% y el 40% que se habían registrado en los últimos años.