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Las nuevas ayudas al alquiler entran en vigor: cómo y dónde pedirlas


Llegan las nuevas ayudas al alquiler. A partir de este jueves ya son efectivas las nuevas ayudas, según una orden que ha publicado el BOE. La orden del Ministerio de Fomento "determina la efectividad de las líneas de ayuda del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016”.
¿Dónde se regulan las ayudas?
El Real Decreto que regula las ayudas al alquiler se publicó en el BOE en abril del año 2013. Sin embargo, se retrasó su entrada en vigor, mientras el Gobierno cerraba los acuerdos entre las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Fomento para poder ponerlas en marcha. Tras cerrar esos acuerdos, en abril presentó el Plan, pero aún faltaba la publicación de la orden del Ministerio de Fomento para que se hicieran efectivas. Una vez publicada en el BOE, la orden que da efectividad a las ayudas entrará en vigor el jueves y que desbloquea los 2.311 millones de euros que el Ministerio movilizará con este plan, en ayudas directas y subsidio de intereses.
¿De cuánto será la ayuda al alquiler?
Se concederá a los beneficiarios una ayuda de hasta el 40% de la renta anual que paga el inquilino por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda.
¿Cuándo se pagará?
Se abonarán mensualmente por el importe proporcional al monto anual.
¿Durante qué plazo se concede?
Se concederán por un plazo de 12 meses, prorrogables, siempre a solicitud del interesado, por sucesivos periodos de 12 meses, hasta la finalización del Plan, es decir, 2016.
¿Quién puede solicitar la ayuda al alquiler?
Las ayudas al alquiler las pueden solicitar personas físicas mayores de edad, con un contrato de alquiler o que deseen acceder a uno. En este segundo caso, el contrato deberá aportarse en el plazo de 30 días desde la resolución de concesión de la ayuda, que quedará condicionada a su aportación.
Se fija un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que será modulable según el número de miembros y composición de la unidad de convivencia. Se considera unidad de convivencia al conjunto de personas que habitan en una vivienda de manera habitual y permanente, independientemente de la relación entre ellas y tanto si aparecen como si no en el contrato de alquiler.
¿Cómo y dónde se solicitan?
La gestión de las ayudas es competencia de las Comunidades Autónomas y son ellas las que establecen la forma, plazos y vía para solcitarlas, en concreto, la Consejería competente en materia de vivienda de cada comunidad.
En los últimos meses, cada Comunidad Autónoma ha ido planidficando su propio desarrollo del Plan Estatal. Una vez que se han hecho efectivas las ayudas, las convocatorias concretas las irá publicando cada comunidad autónoma
Cada Comunidad, eso sí, cuenta con un presupuesto limitado y fijado a nivel estatal. La Conferencia Sectorial de Urbanismo, Vivienda y Suelo celebrada el 22 de julio de 2013 determinó los porcentajes de reparto de los recursos disponibles para subvenciones.
¿Qué ocurre con la renta básica de emancipación?
Desaparece con la entrada en vigor de las nuevas ayudas al alquiler. La renta básica de emancipación es el conjunto de ayudas directas del Estado, destinadas al apoyo económico para el pago del alquiler de la vivienda que establecía el anterior plan de ayuda al alquiler y que regulaba el Real Decreto 1472/2007.
Según la orden publicada este miércoles por el Ministerio de Fomento, para los beneficiarios de las ayudas de renta básica de emancipación se aplicará lo siguiente:
- La efectividad de las nuevas líneas de ayuda se producirá a la finalización del plazo por el cual tuviera reconocida la ayuda de renta básica de emancipación
- Podrá solicitar las ayudas y desde que se resuelva favorablemente su solicitud perderá el derecho a la ayuda de renta básica de emancipación.
El Ministerio ya había cerrado el grifo a nuevas solicitudes a finales de 2011 y las había reducido en un 30% hasta los 147 euros mensuales en julio de 2012.

Claves del nuevo Plan de Vivienda 2013-2016

Nuevas ayudas al alquiler: todas las claves

Las nuevas ayudas al alquiler, ahora sí, han recibido ya luz verde. El Consejo de Ministros ha aprobado el último paso necesario para que se pueda poner en marcha el Plan de Vivienda 2013-2016 mediante acuerdos entre las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Fomento. Como se había anunciado, la ministra de Fomento, Ana PAstor, presentó el viernes el Plan en el que se contempla la desaparición de la promoción de VPO en propiedad, continuarán los subsidios a préstamos hipotecarios de planes anteriores y se activan nuevas ayudas al alquiler. Además, se quiere fomentar el crecimiento del parque público de vivienda en alquiler. Aquí van las claves:
¿Quiénes podrán ser beneficiarios de las ayudas al alquiler?
Personas físicas mayores de edad que reúnan los siguientes requisitos: 1. Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda 2. Que la vivienda arrendada sea la residencia habitual y permanente del arrendatario. 3. Límites a los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada (consten o no como titulares del contrato de arrendamiento) según unos parámetros
¿Qué límites de ingresos habrá?
El límite de ingresos será en función del número de miembros de la “unidad de convivencia”. Esto es, la persona adulta computa 1 vez el IPREM. (indicador público de renta de efectos múltiples, que en 2014 se fijó en 532,51 euros al mes). Cada persona adicional de 14 años o más computa 0,5 veces el IPREM. Cada persona adicional menor de 14 años computa 0,3 veces el IPREM.
Excepcionalmente, si las solicitudes presentadas son inferiores a las cuantías de ayuda ofertadas, podrá ser inferior a 3 veces el IPREM, es decir, 22.365,42 euros.
¿Qué es una unidad de convivencia?
Se considera unidad de convivencia al conjunto de personas que habitan en una vivienda de manera habitual y permanente, independientemente de la relación entre ellas y tanto si aparecen como si no en el contrato de alquiler.
¿Cualquier alquiler podrá pedir la ayuda?
No. Hay un límite a la renta por alquiler mensual, que debe ser igual o inferior a 600 euros. Y las Comunidades Autónomas podrán imponer un límite inferior.
¿De cuánto son las ayudas?
Las ayudas al alquiler consisten serán de hasta el 40% de la renta del alquiler, con un límite de 2.400 euros anuales por vivienda.
¿Cuánto dura la subvención?
Una vez concedida tendrá un plazo máximo de 12 meses prorrogable hasta el final del Plan. En todo caso, la fecha límite para percibir la ayuda será hasta el 31 de diciembre de 2016.
¿Tendrán preferencia algún colectivo?
Sí. Además del criterio general de sectores de población que tengan dificultades económicas, tendrán preferencia las personas afectadas en los procedimientos de desahucios.
¿Cómo se solicitan?
La gestión de las ayudas al alquiler es competencia de las Comunidades Autónomas. A ellas hay que dirigirse para solicitarlas, y serán éstas las que pongan en marcha las distintas convocatorias.
¿Qué dice el Plan del parque público de vivienda en alquiler?
El plan de Vivienda incluye también la creación de un parque público de vivienda protegida para alquiler sobre suelos o edificios de titularidad pública.
¿Cuánto costará un alquiler en un piso de este tipo?
Habrá dos tipos de alquileres:
Viviendas de alquiler en rotación: para unidades de convivencia con rentas hasta 1,2 (8.946,17 euros) veces el IPREM . El precio del alquiler no podrá superar 4,7 euros mensuales por m2 útil. Es decir, un piso de 60 m2 tendrá un alquiler mensual máximo de 282 euros.
Vvienda de alquiler protegido: para unidades de convivencia con ingresos entre 1,2 y 3 veces el IPREM (entre 8.946,17 y 22.365,42 euros). El precio del alquiler no podrá superar 6 euros mensuales por m2útil. ASí, el mismo ejemplo de un piso de 60 mno podrá superar los 360 euros de alquiler mensual.
El plan especifica que al menos el 50% han de ser viviendas de alquiler en rotación.
¿A quién van dirigidas las ayudas del plan?
Las ayudas van dirigidas a los que puedan ser promotores de esos alquileres, es decir, Administraciones públicas, organismos públicos, fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG y empresas privadas con derecho de superficie.
¿De cuánto son las ayudas para la creación del parque de alquiler?
La ayuda tendrá un máximo de 250 euros por m2 útil de la vivienda en proporción a su superficie. El límite es el 30% del coste de la edificación con un límite máximo de 22.500 euros por vivienda
VIA@cincodias

Casi 14 millones de personas, un 30%, vive en españa con ayudas del estado

el coste de estas ayudas le supone al estado al mes unos 10.640 millones de euros
13,79 millones de residentes en españa, un 29,2%, vive con ayudas o prestaciones a cargo del estado, ya sea a través del desempleo o por razones asistenciales, según los datos del ministerio de empleo y seguridad social recogidos por el confidencial.

En el mapa de las ayudas destacan provincias como ourense o lugo, donde el 40% vive de ayudas del estado, seguido de asturias, donde el 35% de los residentes vive con prestaciones públicas. en otras como en madrid, el dato apenas supera el 23%.

El estado abona al mes algo más de 9 millones de pensiones contributivas y unas 447.000 no contributivas (gestionadas por las comunidades autónomas), mientras que en renta asistencial abona cerca de 21.600 pensiones y en prestaciones por desempleo otras 2,74 millones.

En total, las casi 14 millones de rentas le suponen al estado el gasto mensual de 10.640 millones de euros, el 1% del producto interior bruto.

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Los activos inmobiliarios más tóxicos, imposibles de recuperar

Los créditos al promotor no transferidos a Sareb tienden a quedar fallidos y acabar en manos de los fondos


                         

Hace un año, las entidades financieras que habían recibido ayudas traspasaron a la Sareb el grueso de su exposición inmobiliaria, tantos de activos financieros vinculados al crédito promotor como inmuebles adjudicados. Pero quedaron en sus balances activos residuales que no cumplían con los requisitos contemplados en el traspaso. Que los créditos tuvieran un importe contable superior a 250.000 euros y de más de 100.000 euros en el caso de los activos adjudicados.
Cantidades que respondían a créditos concedidos para abordar pequeñas promociones o comprar terrenos en zonas alejadas de los grandes núcleos de población, o bien a viviendas usadas, en muchos casos muy deterioradas.

BFA-Bankia reduce riesgo al ladrillo

En el caso de Bankia y su matriz, Banco Financiero y de Ahorros (BFA), el importe bruto del crédito con finalidad inmobiliaria no transferido al banco malo se elevaba, al finalizar el ejercicio 2012, a más de 4.170 millones, mientras que los activos inmobiliarios quedaban cuantificados en 650 millones de euros.

Un año después, tras la aplicación de los criterios de contabilidad de refinanciaciones y reestructuraciones impuestos por el Banco de España, el saldo crediticio inmobiliario del Grupo BFA-Bankia se ha reducido por debajo de los 3.000 millones, y los activos adjudicados bajan ligeramente a 631 millones.

Si se hace el ejercicio de separar las cuentas de BFA de las de Bankia se observan coincidencias y también algunas diferencias sustanciales. Coinciden en ir rebajando el saldo de crédito vivo, pero no en el ratio de morosidad ni en los créditos dados ya como fallidos.

BFA, casi 100% de créditos impagados

La tasa de impagos de los casi 300 millones que los promotores adeudan a la matriz BFA se acerca al 100%, con tan solo un millón de euros al corriente de pago. El resto ya están calificados como dudosos o subestándar, camino de quedar como fallidos, como los 515 contabilizados al finalizar el pasado ejercicio. Muchos, pero 90 menos que los que había en 2012.

En el caso de Bankia sucede lo contrario. Su incremento de créditos al promotor dados de baja ha sido notable en un año, de casi el 53%, al resultar fallida deuda concedida por un valor de 675 millones de euros. No obstante, a diferencia de su matriz, lo que sí parece estar controlando Bankia es que ese número de fallidos no vaya a más, y se demuestra con la en más de diez puntos en el ratio de morosidad. Si en 2012, este era del 70%, en 2013 se ha rebajado a poco más de 59%.

Los fondos y las garantías

Provisionados en su totalidad estos créditos fallidos, el Grupo BFA-Bankia los está ofreciendo al mercado, sabedor de que las garantías que hay detrás de los mismos resultan de lo más apetecibles para los fondos de inversión.

En julio del año pasado, logró colocar 3 carteras de fallidos por un volumen de 1.354 millones de euros, y esta misma semana ha hecho lo propio con otras tantas carteras valoradas en 713 millones. En este caso, no fallidos, sino créditos en situación concursal y otros préstamos concedidos a pymes y particulares, que incluyen operaciones de crédito en situación de dudoso cobro, con y sin garantía real, relativas a pólizas, préstamos, líneas de descuento comercial y tarjetas de crédito.

Ajuste de CatalunyaCaixa

El ajuste realizado por BFA-Bankia, de acuerdo a los nuevos criterios de contabilización a los que ha obligado el Banco de España, también deberá reflejarlo CatalunyaCaixa, la otra entidad rescatada con mayor exposición al ladrillo, en la presentación pendiente de sus resultados al cierre del ejercicio 2013.

Datos que vendrán a apuntar un incremento de la tasa morosidad, muy por encima del 54,6% registrada en 2012, cuando 658 de los 1.204 millones de crédito promotor estaban en riesgo de impago, otros 546 se encontraban con los vencimientos abonados sin demora, y otros 377 millones ya se habían dado como fallidos.

También será interesante comprobar cómo ha evolucionado la cartera de activos de la entidad presidida por José Carlos Pla desde junio de 2013, para ver si se han incrementado aquellos 1.040 millones de euros brutos (apenas 380 netos tras las coberturas aportadas), y en cuanto lo han hecho. Y si, como entonces, los suelos siguen aglutinando más del 70% del portfolio de adjudicados.

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