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En España hay 13.500 viviendas protegidas vacías

El último informe de la Defensora del Pueblo cifra en 13.500 las viviendas de protección oficial que se encuentran vacías. Y la estimación se queda muy corta porque no todas las comunidades le remitieron los datos. La cifra choca con los 330.000 demandantes de pisos inscritos en los registros municipales y autonómicos. Las plataformas antidesahucios piden que esos inmuebles se destinen a alquileres sociales porque a su juicio están fuera del alcance de los solicitantes. En doce provincias el precio de las viviendas protegidas es más caro que el de los pisos de segunda mano de mercado libre.
En la misma situación que el inmueble de la Zona Franca barcelonesa se encuentran miles de viviendas en España. Ninguna Administración sabe cuántas exactamente porque están en manos de autonomías, ayuntamientos, promotores privados y bancos. Solo la Defensora del Pueblo ha realizado esa aproximación en su último informe, que cuenta 13.500. El organismo ha vuelto a requerir a las Administraciones para actualizar sus datos.El inmueble número 2 de la calle de Sant Eloi de Barcelona destaca sobre el resto por el colorido de su fachada y la maraña de escaleras traseras, pero también porque algunas de sus ventanas están tapiadas con ladrillos. Los vecinos de la finca, propiedad de la Generalitat, cuentan que llevan meses cerradas. El edificio debía ser una promoción de 32 viviendas de protección oficial (VPO) para jóvenes, pero desde que salió al mercado en 2011 los pisos han sido ocupados ilegalmente en multitud de ocasiones. Un grupo de albañiles trabaja ahora a destajo para reparar las viviendas, que serán alquiladas.

Registro estatal

El Ministerio de Fomento anunció en 2013 un registro estatal de VPO vacías. Fuentes del departamento que dirige Ana Pastor afirman que “se sigue trabajando” para crearlo con las aportaciones de las comunidades, encargadas de ese “seguimiento”. Entretanto, más de 330.000 demandantes aguardan en los registros municipales o autonómicos por una vivienda social.
El Gobierno vasco aseguró a la Defensora que no contaba con VPO desocupadas y alegó que tenía viviendas “coyunturalmente vacías”. Pero solo la ciudad de Vitoria tiene hoy 423 pisos desocupados, según la comunidad. El Ejecutivo ha reducido en dos años los pisos sin residentes desde los 703 con “medidas de flexibilización”, como el alquiler con opción a compra o la venta directa, pero aún hay edificios públicos nuevos vacíos.
Ese patrón se ha reproducido en decenas de ciudades. Las necesidades de vivienda llevaron a planificar bloques de VPO de compra. Miles de estas se terminaron cuando arrancó la crisis. Pese a los sorteos multitudinarios, los promotores vieron una cascada de renuncias. Los compradores no llegaban con sus ahorros o eran considerados insolventes. “Ha habido una falta de flexibilidad de muchas administraciones. Nada les impedía que rebajaran los precios”, explica Julio Rodríguez, economista y vocal del Consejo Superior de Estadística.La plataforma Stop Desahucios de Álava reclama que esas viviendas pasen a régimen de alquiler social. Su portavoz, Carmen Crespo, explica que en los años de bonanza se construyeron nuevos barrios en la ciudad con un alto porcentaje de VPO. Las reservas de suelo para vivienda social en el País Vasco, de hecho, llegaban al 70% de los nuevos desarrollos. “Empezó la crisis y muchas familias no pudieron acceder a los pisos”, explica Crespo.
Además, en la época de la burbuja el precio de la VPO también subió, e incluso se buscaron figuras a medio camino entre la protección pública y el precio de mercado para las clases medias. Con la bajada brusca del valor de las casas del mercado libre, el de las VPO quedó desfasado. Según Fomento, en 12 provincias —entre ellas Lleida, Córdoba o Lugo— hoy la vivienda protegida es más cara que la libre de segunda mano, cuando en plena crisis era de media un 40% más barata. En nueve provincias más, entre ellas Valencia y Castellón, el precio es apenas un 10% inferior.

Casas sobrevaloradas

La Generalitat valenciana se ha visto obligada a rebajar hasta un 24% el precio de algunas promociones. En Albaida (Valencia) siguen sin residentes 64 de las 72 VPO que el Gobierno acabó en 2011. La concejal socialista de la localidad Eva Tormo explica que la crisis provocó que estas casas quedaran “sobrevaloradas, por encima del mercado”. Fuentes del Ejecutivo explican que la Generalitat valenciana tiene 391 viviendas en venta. Sus precios, admiten, no permitían encontrar compradores, por lo que rebajaron precios. Y aun así, las ventas se son muy lentas.
Tener un piso vacío, además, tiene un coste para la Administración. Tormo explica que algunas viviendas tuvieron que ser reformadas porque entraron a saquearlas. Y en Cataluña, cerca de 200 pisos sociales de la Generalitat están ocupados ilegalmente. Para impedirlo, la Administración ha contratado servicios de seguridad: solo en Barcelona se ha gastado más de 300.000 euros desde 2011.

Dudas a la hora de contratar un seguro de alquiler

Los contratos de seguros de alquiler han subido en el último trimestre
Estos meses de septiembre y octubre suelen ser bastante activos para el mercado del alquiler, sobre todo en ciudades donde el movimiento de estudiantes es abundante. Según la Asociación para el Fomento del Alquiler y Acceso a la Vivienda, Arrenta, más del 30% de los contratos de alquiler que se firman cada año en España se concentran en estos dos meses. Además, afirman que los contratos de seguros de alquiler han subido en el último trimestre y se prevé un repunte hasta final de año.

Aquí van una serie de respuesta a las dudas más frecuentes sobre los seguros de alquiler:
  • Diferencias entre el Tomador, el Asegurado y el Beneficiario. El tomador es quien suscribe el contrato con la aseguradora y a quien corresponden las obligaciones del mismo, salvo las que correspondan expresamente al Asegurado. Mientras que el Asegurado es quien tiene derecho a percibir las prestaciones y puede designar un Beneficiario. No tienen que coincidir y pueden ser personas físicas o jurídicas.
  • ¿Quién debe pagar el seguro de alquiler, el propietario o el inquilino? Quién paga el seguro se le considera Tomador y puede ser cualquier persona física o jurídica, aunque la cuenta de cargo para la domiciliación bancaria del seguro nunca debe de ser la del inquilino, por su propia seguridad.
  • ¿Cómo se paga, anual o fraccionadamente? Algunas compañías aceptan el pago fraccionado de la póliza, bien de forma trimestral o semestral
  • ¿Qué es la Franquicia? Lo que el titular del seguro (propietario) no cobra de la aseguradora cuando se produce un impago de rentas. Está fijado en las Condiciones Generales del Seguro. Asciende a un mes de alquiler o ninguno dependiendo de la compañía.
  • ¿Qué es la Carencia del Seguro de Alquiler? El periodo de carencia suele ser de un mes y empieza en el momento en que se contrata el seguro. Durante este tiempo no se puede producir el impago porque quedaría anulada esta cobertura.
  • ¿El inquilino puede presentar un avalista? Sí, su figura debe de incluirse en el contrato de alquiler y nunca puede ser una sociedad. También tendría que firmar el contrato.
  • ¿Cuándo empieza a pagar la aseguradora? A partir del segundo mes de impago. El primer mes lo tiene cubierto el propietario por la fianza, ya que, aunque la fianza se destine a los destrozos, no lo necesita porque el propio seguro tiene cobertura de actos vandálicos.
  • ¿Cuál es la vigencia del seguro? Este tipo de seguro, como todos, es anual. Si dentro de ese periodo el arrendatario deja de pagar, la aseguradora abonará hasta que 1) se acabe la cobertura máxima de 6, 9 o 12 meses, 2) el arrendatario abandone la vivienda o 3) el inquilino pague los meses que debe.
  • ¿Cómo se produce la renovación del seguro? La renovación es automática tras 12 meses. En caso de no querer continuar debe de solicitarlo por escrito. Si se produjo el siniestro dentro del periodo de vigencia, le seguirán pagando las rentas aunque no renueve.
  • ¿Qué ocurre si se marcha o cambia el inquilino estando en vigor la póliza? Debe de cancelarse la póliza y solicitar el extorno, es decir la devolución de la parte de prima no consumida. O esperar a que entre un nuevo inquilino. En ese caso, debe de aportarse la documentación del posible nuevo inquilino para realizar un nuevo Estudio de Viabilidad.