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Dación en pago, ¿alternativa real a la ejecución hipotecaria?

Con la llegada de la crisis, allá por el año 2008, comenzamos a familiarizarnos con nuevos conceptos y palabras. Uno de esos conceptos es la dación en pago, que normalmente escuchamos como solución a la ejecución hipotecaria o desahucio. Pues bien, 7 años después, con miles de embargos a nuestras espaldas y la certeza de que habrá muchos más, el término dación en pago sigue siendo una propuesta... ¿al alcance de todos?: HelpMyCash.comanaliza las opciones. 

¿Por qué la dación en pago no es una realidad?
No existe ninguna ley que obligue a los bancos a conceder la dación en pago. Solo es una recomendación para las entidades que hayan aceptado voluntariamente el código de buenas prácticas bancarias.
Aun en el caso de las entidades adheridas al código y obligadas entonces a conceder la dación a familias en riesgo de exclusión social, los criterios para que se considere obligatorio son muy restrictivos (no pueden tener avalista, ni trabajo, ni cobrar subsidio, ni tener ningún otro bien...), de forma que, al final, las personas que pueden acogerse son muy pocas.
Los bancos no son inmobiliarias y no están realmente interesados en quedarse con la casa, a no ser que el cliente lleve muchos años pagando la hipoteca y salgan ganando con la operación, puesto que se han llevado el dinero pagando durante pongamos 15 años más la casa completa. Solo se la quedan cuando están absolutamente convencidos de que eso será todo lo que puedan sacar del hipotecado. Mientras haya un aval o un sueldo que embargar, la dación será más difícil de conseguir.
La dación en pago puede conseguirse, pero no es fácil
El banco solo estará obligado a concedernos la dación en pago cuando:
La dación en pago esté incluida por contrato, como en el caso de la Hipoteca Sin Mas de Bankinter, que es la única que de momento ofrece esta posibilidad.
Si el cliente no ha podido acceder a una reestructuración de la deuda.
Si la entidad está adherida al Código de Buenas Prácticas, y si además el cliente cumple con estos 6 requisitos:
Todos los miembros de la familia han de estar en paro y carecer de otros bienes o derechos patrimoniales.
Ha de tratarse de la única vivienda en propiedad.
La vivienda no ha de superar los 200.000 euros (aunque depende del tamaño de la población).
La hipoteca no ha de tener avalista. En caso de tenerlo, el avalista se mantiene como garante del préstamo, y si el avalista tiene ingresos o propiedades, el decreto no se aplica.
No debe estar en procedimiento de ejecución.
La vivienda no puede estar gravada con cargas posteriores.
Si no cumplimos con estas condiciones, siempre será posible negociar con el banco. Si las dos partes están de acuerdo, no hay nada que impida que podamos conseguir la dación.
Recordamos que aquellos que necesiten ayuda para negociar pueden acudir a la Oficina de Mediación Hipotecaria de su ciudad o a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) más cercana a su casa 
La ley de segunda oportunidad, un paso más hacia la dación en pago
A principios de 2015 se aprobó la ley de segunda oportunidad, un paquete de medidas que contempla la posibilidad de liquidar una deuda hipotecaria a través de la dación en pago pero, una vez más, tras cumplir una serie de requisitos:
Ser deudor de buena fe, es decir que la insolvencia no sea voluntaria, que el deudor no tenga sentencia firme por algún delito.
Estar dentro del umbral de exclusión, es decir que los ingresos familiares no superen en tres veces el IPREM (Indicador público de Renta de Efectos Múltiples)
Que durante años anteriores a la solicitud de la dación en pago, la cuota a pagar por la hipoteca sea superior al 50 % de los ingresos familiares.
Eso sí, poco después de la publicación de esta ley, la PAH hizo la siguiente valoración: "Todas las medidas adoptadas hasta hoy han sido un estreptioso fracaso para la ciudadanía y un tremedo éxito para la Banca.
El Real Decreto de "malas" prácticas, consiste en unos criterios tan restrictivos que solo se han podido acoger un 0,7% de la población y que condiciona su aplicabilidad a la "buena voluntad" de la banca.
La "falsa moratoria de desahucios" a que sólo ha podido parar un 8% de los 120.000 desahucios producidos en su vigencia.
El ridículo Fondo social de viviendas: fondo de 6000 viviendas frente a más de las 500.000 familias en la calle, sumado a los criterios restrictivos de acceso; el resultado es que en 2 años solo se han podido formalizar 2000 contratos de alquiler.
La "Ley de Segunda oportunidad para los bancos", para arrasar con titulares y avales.Porque la 2a oportunidad real y única para las familias a día de hoy es la PAH."

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