La aprobación de los Presupuestos Generales del Estado ha traído consigo la actualización de los valores catastrales de más de 9 millones de inmuebles este año. El valor catastral es el valor administrativo fijado objetivamente para cada bien inmueble tras aplicar los criterios de valoración que se recogen en la ponencia de valores de cada municipio. En su fijación influyen múltiples variables como la localización, coste de ejecución, la antigüedad, el valor de construcción o los gastos de producción.
Lo principal es que este valor no puede superar el valor de mercado del inmueble y es en los Presupuestos Generales donde cada año se fijan los coeficientes de actualización del valor catastral, con el fin de ajustarlo al valor de mercado. La horquilla de los coeficientes de actualización este año va del 0,78 al 1,13, según el año de entrada en vigor de la ponencia de valores.
En total, más de 1.800 municipios que suponen más de 9 millones de inmuebles actualizarán el valor catastral este año, bien porque lo han solicitado o porque se han acogido a las medidas urgentes contra la morosidad aprobadas el pasado año. La actualización puede ser al alza o a la baja en función de la fecha de aprobación de la ponencia de valor de cada ayuntamiento.
“La Ley de Presupuestos Generales del Estado 2015 establece en las ponencias aprobadas de 2006 a 2009, cuyas valoraciones se consideran afectadas por el ‘boom’ inmobiliario, unos coeficientes de actualización que suponen un decremento de los valores catastrales, mientras que en las aprobadas entre 1984 y 2002 supondrá un incremento”, matiza Antonio Paredes, experto tributario de Gestha.
Afectará más al alza que a la baja
Del total de inmuebles afectados por la actualización del valor catastral se revisarán al alza más de 7,4 millones de inmuebles, mientras que la rebaja solo afectará a 2 millones. “Creo que este tributo ha dejado de respetar su origen: ya no grava fielmente el enriquecimiento del patrimonio y si no, ¿cómo es que ha subido durante todo este tiempo cuando el precio del suelo y de los pisos ha descendido en un 50% de media?” cuestiona Luis Corral, consejero delegado de Foro de Consultores.
La relación de municipios donde se aplicarán los coeficientes de actualización de los valores catastrales fijados en la LPGE 2015 por haberlo solicitado o por acogerse a las medidas extraordinarias contra la morosidad aparece en la Orden Ministerial publicada el 29 de septiembre del pasado año. Repasemos los principales impuestos relativos a la vivienda a los que afectarán estas revisiones.
1.IBI
La primera consecuencia en la actualización de los valores catastrales es la subida del Impuesto de Bienes Inmuebles “salvo que los ayuntamientos decidan bajar el coeficiente que aplican con el fin de que el impuesto sea menos gravoso”, matiza Corral.
Aunque como señalan desde Gestha “en los municipios que optan por modificar sus valores catastrales mediante coeficientes, y éstos hayan salido al alza, no se les aplicará el incremento del tipo impositivo del IBI (Ley 16/2013) aprobado en años anteriores”.
En este sentido, desde el Ministerio de Hacienda inciden en este efecto neutro de la actualización de los valores catastrales porque los ayuntamientos deben optar entre esta actualización o incrementar el tipo impositivo del IBI que se estableció en diciembre de 2011 y que todavía perdura, ya que ambas subidas son incompatibles.
2.IRPF
La actualización del valor catastral no afecta al IRPF cuando se trata de la vivienda habitual, pero sí en las segundas viviendas porque se considera como ingreso en la declaración un porcentaje del valor catastral de las mismas, puntualizan en Gestha. “En los inmuebles localizados en municipios con los valores catastrales revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, y hayan entrado en vigor en el 2015 o en el plazo de los diez años anteriores, el porcentaje será el 1,1%. En otro caso será el 2%”.
3.ITP y Sucesiones y Donaciones
En el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y en Sucesiones y Donaciones también se toma como base para su cálculo el valor catastral, de modo que el valor a declarar de un inmueble urbano tiene que ser como mínimo el valor catastral multiplicado por los coeficientes fijados por la Administración autonómica. Del mismo modo que los otros impuestos afectados “podrá aumentar o disminuir su tributación”, matiza Paredes.
4.Plusvalía
En cuanto al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de naturaleza urbana o plusvalía, se verá afectada, porque cuanto más alto sea el valor catastral más tendrá que pagarse por este impuesto en el momento en el que se venda la vivienda.
5.Impuesto sobre el Patrimonio
Por último, en el impuesto sobre el patrimonio también se toma el valor catastral como referente para valorar los inmuebles. Si se produce un alza importante en el valor catastral es probable que las personas que no tenían obligación de pagar este impuesto tengan que hacerlo por superar el mínimo legal exento. Quienes ya liquidaban este impuesto, también pagarán más.
En general, la actualización del valor catastral traerá una subida de impuestos. Para los ayuntamientos es la manera de aumentar los ingresos pues “en 2007 recaudaron vía impuestos casi 24.000 millones de euros y el IBI suponía un 33,56% del total. El porcentaje ha subido año a año y en 2012, según datos de Hacienda, el gravamen por la propiedad inmobiliaria supuso un 46,83% en la recaudación”, matiza Luis Corral.
VIA@pisos.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario