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Los bancos pagarán de 500 a 1.650 euros por piso vacío en Catalunya

La Generalitat concreta el proyecto de impuestos a la vivienda desocupada, que prevé aprobar durante este año 
El impuesto gravará las viviendas que permanezcan vacías durante dos años
Los pisos de las administraciones y de personas físicas quedan exentos


El impuesto sobre pisos vacíos que prepara el Govern de la Generalitat afectará a entre 10.700 y 21.700 viviendas de 70 municipios de Catalunya que están mayoritariamente en manos de entidades bancarias, según la estimación del Departament de Territori i Sostenibilidad. Si la ley que crea el impuesto se aprueba antes de final de año, como espera el Govern, los propietarios de los pisos que lleven vacíos dos años sin causa justificada, a 31 de diciembre de este 2014, deberán pagar entre 500 y 1.650 euros por cada uno de ellos. El impuesto se repetirá cada año.

Territori i Sostenibilitat, el departamento que dirige Santi Vila, ha cambiado el criterio sobre el hecho imponible que había avanzado el conseller hace dos meses. Así, no se tendrá en cuenta la superficie de los pisos desocupados, sino el de unidades de vivienda. Es un criterio más sencillo para la administración y para los propietarios que habrán de pagar. El número de viviendas desocupadas en manos de un solo propietario determinará la cuantía del impuesto. A más pisos vacíos, mayor impuesto sobre cada piso.

La finalidad es que estos pisos sean destinados a alquiler asequible. Cuando se anunció la futura normativa hace unas semanas, el sector inmobiliario expresó dudas sobre su eficacia, atendiendo a que los bancos ya pueden ganar dinero ofreciendo pisos a precios inferiores al de mercado y a que, por otro lado, saldrá más barato pagar el impuesto cuando se trata de pisos que necesitarían una costosa rehabilitación. De todas formas, el proyecto señala el deterioro de los pisos, que imposibilita la cédula de habitabilidad, como causa justificada para eximirlos del impuesto.

Con todo, la finalidad de fomentar el alquiler asequible da pie a bonificaciones. Las entidades que destinen una proporción (a partir del 5%) de sus pisos vacíos a alquiler asequible tendrán una bonificación de entre el 10% y el 40%. La bonificación será del 100% cuando se destine a alquiler asequible el doble de pisos vacíos sujetos al impuesto.

Los municipios donde se aplicará el impuesto son aquellos donde se ha constatado una demanda mayor de vivienda. Se excluyen los pisos propiedad de personas físicas, así como los de las administraciones públicas (que poseen miles de pisos vacíos) y de entidades del tercer sector incluidas en redes de inserción.

La inconcreción del número de pisos que serán objeto del impuesto responde al desconocimiento actual sobre el número y las características de esta gran bolsa de vivienda vacía. El proyecto prevé elaborar un registro de viviendas desocupadas. El texto señala excepciones a efectos del impuesto: los pisos protegidos (cuya desocupación ya tiene un régimen sancionador propio); las que se hallan en municipios con baja demanda de vivienda; las destinadas a actividades no residenciales (pisos turísticos); las "okupadas"; las puestas a disposición de la administración para programas de alquiler social, y los pisos de más de 120 m2 de superficie útil.

La ley concurrirá con sanciones y recargos en impuestos municipales decididas por varios ayuntamientos, como el de Barcelona, que prepara la futura aplicación de multas aprobadas en enero pasado y todavía no vigentes. El proyecto de ley prevé que un reglamento posterior coordine estas medidas municipales con las que apruebe el Parlament.


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