el 'truco' de los coeficientes de abatimiento:
el gobierno establece 400.000 euros como límite en el precio de venta para aplicar los coeficientes de abatimiento. estos coeficientes permitían una reducción fiscal sobre la ganancia obtenida en la venta de una vivienda que hubiera sido comprada antes del 31 de diciembre de 1994. en principio el gobierno pensaba eliminarlo pero finalmente lo mantendrá para viviendas cuyo coste sea menos a los 400.000 euros
aunque, como ya explicó en idealista news la fiscalista elena serrano, abogada y fundadora del despacho eslawyer, el texto aprobado por el senado supone ‘de facto’ una eliminación de los coeficientes de abatimiento a medio plazo: en el momento que cualquier ciudadano sobrepase el límite de los 400.000 euros ya no se podrán aplicar nunca más. “es una situación menos ventajosa y supone el final definitivo del sistema”, asegura serrano
no obstante, las personas mayores de 65 años no tendrán que tributar por la venta de su vivienda habitual, aunque no reinviertan en una nueva vivienda habitual. las plusvalías de los primeros 240.000 euros quedan exentos
elimina coeficientes de actualización
este índice sirve para corregir el efecto de la inflación sobre el valor de los inmuebles, por lo que con su eliminación ya no se tendrá en cuenta que un euro hoy no vale lo mismo que hace diez años. para un contribuyente que compró una vivienda por 230.000 euros en el año 2001 y ahora pretende venderla por 300.000 euros, la desaparición de los coeficientes de actualización monetaria le supondrá pagar 11.000 euros adicionales si la operación se cierra a partir del 1 de enero de 2015
sin deducción por alquiler
el mayor golpe se lo ha llevado el alquiler para los arrendatarios. el gobierno ha suprimido la deducción por alquiler de vivienda a los inquilinos. desde el 1 de enero de 2008, los contribuyentes se podían deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que su base imponible fuera inferior a 24.107,20 euros anuales y hasta un máximo de 9.040 euros anuales
esta deducción no tenía límite de edad y era de carácter exclusivamente estatal, es decir, compatible con la deducción que ofrecen casi todas las comunidades autónomas. algunas de ellas siguen manteniendo la deducción por alquiler en el tramo autonómico; es el caso de madrid, que ya ha anunciado que seguirá contemplando este beneficio fiscal para los menores de 35 años
en cuanto a los propietarios, la desgravación para los caseros se mantiene en el 60% de la renta, después de que se estudiara reducirla al 50%. finalmente, se mantiene
en el caso de que el inquilino sea menor de 30 años, los ingresos dejarán de estar exentos de tributar, ya que la reducción pasará del 100% a la mitad, eliminándose, por lo tanto, la diferenciación por edad. así, se contempla un 50% de deducción para ambos casos
via@idealista
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