Campaña de la renta 2013: consejos para pagar menos en tu declaración de la renta



Una de las principales novedades en relación con la declaración del irpf del ejercicio 2013, es la supresión de la deducción por adquisición de vivienda habitual para viviendas adquiridas a partir del 1 de enero del año 2013 así como la deducción por aportaciones a cuentas de ahorro vivienda aun cuando éstas hubiesen sido suscritas con anterioridad a dicha fecha. no obstante, siguen existiendo deducciones, a nivel estatal y autonómico que una vez aplicadas ayudarán a rebajar la factura fiscal

Deducciones por donativos. darán derecho al porcentaje de deducción del 25 por 100 de los donativos y aportaciones realizados por el contribuyente a ciertas entidades sin ánimo de lucro así como los donativos a los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores a que se refiere el artículo 4 de la ley orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos

El porcentaje de deducción será del 30 por 100, cuando las cantidades donadas o satisfechas a las entidades anteriormente relacionadas se destinen por las mismas a la realización y de­sarrollo de actividades y programas prioritarios de mecenazgo

En el terreno del alquiler, se mantiene la deducción estatal del 10,05% de las cantidades satisfechas por el arrendatario en concepto de alquiler de vivienda habitual siendo la base máxima de deducción de 9.040 euro. para su aplicación, será necesario que la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.107,20 euros. asimismo, esta deducción estatal podría verse mejorada por la aprobada en su caso por la comunidad autónoma en la que el contribuyente tenga su domicilio fiscal (como en andalucía, madrid, cataluña, etc.)

Es importante destacar que teniendo en cuenta que las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones o realizar cambios en los tipos del irpf, a la hora de preparar la declaración de la renta conviene revisar la normativa aprobada respecto al irpf por la comunidad autónoma de la que se trate para sí poder aprovechar cualquier beneficio fiscal adicional a lo dispuesto en la legislación estatal

A continuación, se destacan algunas de las deducciones fiscales aplicables en las distintas comunidades autónomas:

Andalucía. un 15% por las cantidades destinadas alquiler de la vivienda habitual con un máximo de 500 euros anuales para jóvenes menores de 35 años; el 15 por 100, con un máximo de 250 euros, del importe satisfecho por cuenta del empleador o empleadora a la seguridad social correspondiente a la cotización anual de un empleado o empleada del hogar familiar, que constituya su vivienda habitual

Aragón. deducción de 500 euros por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos; 600 euros por cada hijo adoptado en el período impositivo, siempre que se trate de una adopción internacional

Asturias. deducción de 341 euros por cada persona mayor de 65 años que conviva con el contribuyente durante más de 183 días al año en régimen de acogimiento sin contraprestación; el 10 por 100 de las cantidades satisfechas por alquiler de la vivienda habitual del contribuyente, con un máximo de 455 euros anuales, tanto en tributación indivi­dual como en conjunta

Baleares. deducción por gastos de adquisición de libros de texto; 600 euros por cada hijo adoptado durante el período impositivo, ya se trate de una adopción nacional o internacional; deducción por gastos en primas de seguros individuales de salud

Canarias. deducción por gastos de estudios; 300 euros de deducción por trasladar la residencia habitual a otra isla del archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica; deducción por gastos de guardería con un máximo de 400 euros por cada hijo

Cantabria: deducción por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores y discapacitados; por acogimiento familiar de menores

Castilla y león: por adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales; por alquiler de vivienda habitual para jóvenes con un límite máximo anual de 459 euros

Castilla la mancha. deducción para el fomento del autoempleo; por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación empresarial; por gastos en la adquisición de libros de texto y por la enseñanza de idiomas

Cataluña. deducción por donativos a entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos; deducción del 10% de las cantidades destinadas al alquiler de la vivienda habitual con un límite anual de 300 euros

Extremadura
: deducción por trabajo dependiente; por la compra de material escolar; por acogimiento de menores

Galicia. 10% por alquiler de vivienda habitual con un máximo de 300 euros anuales; por acogimiento de menores

Madrid. por adopción internacional de hijos; por arrendamiento de la vivienda habitual por menores de 35 años; para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años; por gastos educativos

Murcia. por gastos de guardería para hijos menores de tres años; por inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables; por inversiones en dispositivos domésticos de ahorro de agua

La rioja. por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural; destacan las deducciones de entre el dos y el siete por ciento por rehabilitación de viviendas por parte de jóvenes; y de entre el 3% y el 5% para adquisición de inmuebles. todos los contribuyentes que hayan adquirido o rehabilitado segundas viviendas en el medio rural, podrán desgravarse hasta un siete por ciento

Comunidad valenciana. por las cantidades destinadas a la custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil de hijos menores de tres años; por conciliación del trabajo con la vida familiar; por cantidades destinadas a inversiones para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual

VIA@idealista.com

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